$LIBRA: Estados Unidos cerró el caso
La demanda colectiva de Nueva York terminó en primera instancia por deficiencias jurídicas de los reclamos. En la Argentina continúa la investigación penal, aunque los inversores perdieron su lugar como querellantes.
La jueza Jennifer L. Rochon, del Distrito Sur de Nueva York, desestimó una demanda civil colectiva y ordenó cerrar ese expediente el 29 de septiembre de 2026.
Mientras el litigio estadounidense llevaba la responsabilidad civil a operadores privados, la investigación local comprende posibles delitos relacionados tanto con el negocio como con el ejercicio de funciones públicas. Además, en Buenos Aires también hubo decisiones adversas para los denunciantes lo que deja abierta la causa, pero cinco inversores fueron apartados como querellantes y cuatro sufrieron un nuevo rechazo recursivo en septiembre.
La investigación en Estados Unidos
La acción estadounidense fue promovida por Omar Hurlock y Anuj Mehta. Los actores alegaban que los lanzamientos habían servido para atraer compradores y extraer fondos mediante una operatoria coordinada. Esas eran afirmaciones de los demandantes, no hechos establecidos mediante una sentencia después de un juicio.
Los demandantes perdieron el litigio y la jueza bloqueó una segunda demanda enmendada.
Una pieza central de su estrategia era RICO, la legislación estadounidense contra organizaciones dedicadas a actividades ilícitas. Aunque suele asociarse con procesos penales, también permite acciones civiles y, cuando se cumplen sus requisitos, reclamar el triple de los daños. Invocarla exige fundamentar una violación de ese régimen específico; y una pérdida económica no basta por sí sola.
La jueza Rochon consideró insuficiente la continuidad delictiva alegada. El período de aproximadamente seis meses no alcanzaba para la modalidad de continuidad temporal invocada; tampoco quedó adecuadamente planteada una amenaza de continuación. La referencia jurisprudencial a dos años no significa que los fraudes más breves sean legales, corresponde a un requisito particular de RICO.
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Hubo, además, decisiones diferenciadas. Los restantes reclamos contra Kelsier y los Davis fueron rechazados por falta de jurisdicción personal. Frente a Benjamin Chow, el tribunal encontró insuficiencias en las alegaciones, incluidas las relativas a intención fraudulenta.
Describir todo esto como una simple “cuestión técnica” resta importancia al resultado. Los demandantes perdieron el litigio y la jueza bloqueó una segunda demanda enmendada. La orden emplea la expresión with prejudice y dispone el cierre del expediente, aunque existe la posibilidad de apelar.
Al mismo tiempo, una desestimación por insuficiencia de las alegaciones no convierte automáticamente en falsas todas las afirmaciones de una demanda. Por lo tanto, este resultado tampoco es una absolución general de licitud para $LIBRA.
Mientras tanto, en Peronia...
En la Argentina, el alcance de la investigación es más amplio. El Ministerio Público Fiscal explicó que averigua las circunstancias de creación y lanzamiento de $LIBRA y la participación de los investigados, bajo posibles encuadres de estafa, tráfico de influencias, cohecho y abuso de autoridad. A pesar de los dichos del arco opositor, estos son hipótesis, no condenas.
El expediente argentino también registró un retroceso para los inversores que pretendían impulsarlo. El 3 de julio de 2026, el juez Martínez de Giorgi apartó a cinco compradores como querellantes, a pedido de la defensa de Novelli. La Sala I confirmó esa decisión el 4 de septiembre. Así, los jueces consideraron insuficientemente identificado el engaño concreto que habría provocado las compras y su relación con las pérdidas. También atribuyeron relevancia al riesgo propio de la operatoria.
Perder la condición de querellante reduce la capacidad de esos inversores para pedir pruebas y recurrir decisiones.
Los inversores objetaron que se les exigiera acreditar aspectos del delito para poder participar en la investigación destinada, precisamente, a esclarecerlo. La Cámara sostuvo que ese examen era preliminar y se limitaba a su legitimación como acusadores particulares. Por eso, aunque sus fundamentos debilitan la hipótesis de los denunciantes, el apartamiento no equivale por sí mismo a un sobreseimiento de los investigados.
El 28 de septiembre se conoció otro rechazo cuando la Cámara declaró inadmisibles los recursos de casación de Martín Romeo, Matías Paris, Juan Patricio Marchetto y Alan Vega. No consideró demostrado un error jurídico o una arbitrariedad que habilitara esa vía.
Dos países, dos avenidas
La comparación muestra dos planos diferentes. En Nueva York fracasó la acción civil de determinados particulares. Por otra parte, en Buenos Aires se restringió la intervención de particulares dentro de una pesquisa penal que conserva el impulso del Ministerio Público Fiscal. Perder la condición de querellante reduce la capacidad de esos inversores para pedir pruebas y recurrir decisiones, pero no extingue por sí solo la investigación estatal.
De esa diferencia surge que el fallo estadounidense no resuelve los eventuales delitos de funcionarios investigados en la Argentina. Son distintos el objeto procesal, las normas aplicables y las decisiones adoptadas.
La cuestión pendiente en la Argentina es si la evidencia permite pasar de sospechas y medidas de investigación a imputaciones sustentadas, o si corresponde descartar las hipótesis delictivas. El desplome del token y las pérdidas económicas, considerados aisladamente, no responden esa pregunta. Tampoco la responde el fracaso de una demanda civil extranjera.
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